martes, 15 de junio de 2010

DOCUMENTO DEFIENDE DERECHOS DE NIÑOS, CAMPESINOS Y USUARIOS EN GENERAL

CONCLUYÓ DEBATE DEL CÓDIGO DEL CONSUMIDOR Y DICTAMEN QUEDÓ AL VOTO
Con aportes de asociaciones de consumidores y gremios empresariales se logró norma de consenso


Con los aportes de las asociaciones de consumidores, representantes de los gremios empresariales y opinión de especialistas, concluyó el debate del Código del Consumidor y el dictamen quedó al voto en la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos que preside la congresista Alda Lazo Ríos de Hornung.

Al concluirse el debate del Código del Consumidor, la presidenta de la comisión reveló que este nuevo documento contiene criterios contra las cláusulas o prácticas abusivas que muchas veces comenten las empresas. El nuevo documento establece normas claras sobre las cláusulas abusivas contra los usuarios.

También se refiere a la aplicación de procesos sumarísimos que sólo durarán 30 días en el Indecopi, cuando éstos hasta demoraban años, perjudicando a los usuarios en general.

Asimismo, la congresista Alda Lazo, explicó que en casos de pagos en exceso, el proveedor infractor deberá pagar el monto más los intereses generados en el período comprendido entre el cobro y la acción administrativa.

Otro aporte es que el nuevo código protege la reputación de los deudores, prohibiéndose visitas y llamadas telefónicas en horas de la noche.

La Comisión debatió hoy (martes) los artículos comprendidos entre el 128° y 160° que se refieren a la defensa colectiva de los consumidores y al sistema nacional de protección de los consumidores que corresponden a los títulos VI y VII.

Entre las novedades del debate está el artículo 128° que se refiere a la defensa colectiva de los consumidores, que son acciones que se promueven para defender los derechos comunes de un determinado grupo de usuarios que se encuentran ligados con un proveedor.

También el artículo 129° se refiere al procedimiento administrativo en defensa colectiva de los consumidores. Actualmente la Ley N° 27846 faculta a las asociaciones de consumidores a formular denuncias en defensa de los intereses colectivos de los usuarios, tanto en el Indecopi como ante los organismos reguladores de los servicios públicos. El nuevo código establece que estas asociaciones deben estar debidamente reconocidas por el Indecopi.

El artículo 131° señala que en los procesos judiciales para la defensa de intereses colectivos de los consumidores, el Indecopi está facultado para promover procesos en defensa de intereses colectivos de los consumidores, los cuales se tramitarán por la vía sumarísima. También se afirma que deben ser asociaciones de consumidores debidamente reconocidas por el Indecopi.

En torno a los artículos 132° al 136 se refieren al sistema nacional integrado de protección de los consumidores. Se describe la creación del sistema, nombramiento del Consejo Nacional de Protección del Consumidor y las funciones de sus integrantes.

Con respecto al sistema de arbitraje de consumo, éstos están contemplados en los artículos 137° al 144°. Se designa como órganos encargados de resolver los conflictos de consumo a los representantes de los sectores empresariales, organizaciones de consumidores y usuarios, y la administración.

Acerca de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, se ha considerado al arbitraje, los laudos arbitrales, la conciliación y la mediación. Estos aspectos están descritos entre los artículos 145° y 149°.

También se establece que los proveedores podrán contar con un Libro de Reclamaciones, en forma física o virtual. Sin embargo, el Indecopi establecerá mediante resolución la obligación de contar con un Libro de Reclamaciones en aquellos mercados, productos o servicios específicos en donde resulte pertinente establecer este mecanismo. Las características y funciones de este libro están consideradas entre los artículos 150° y 152°.

Finalmente, se establece normas sobre las asociaciones de consumidores, el rol de ellas, sus prohibiciones, sus registros, la representatividad legal y los convenios que podrán establecer.

La Comisión se reunirá el miércoles en la tarde para aprobar el novísimo Código de Protección y Defensa del Consumidor que en total tiene 160 artículos.

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ARCHIVOS PERIODISTICOS

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CONGRESISTA FABIOLA MORALES

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CONGRESISTA MICHAEL URTECHO

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CONGRESISTA ALDA LAZO

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CONGRESISTA JUAN PERRY

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CONGRESISTA JOSÉ SALDAÑA TOVAR

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