viernes, 21 de mayo de 2010

Norma logrará beneficiar a más de 675 mil personas con discapacidad auditiva.

EJECUTIVO PROMULGÓ LEY QUE OTORGA RECONOCIMIENTO OFICIAL A LA LENGUA DE SEÑAS PERUANAS

Lima, 21 de mayo de 2010.- El Poder Ejecutivo promulgó esta mañana a través del diario oficial “El Peruano”, la Ley Nº 29535, el cual reconoce oficialmente la ‘Lengua de Señas Peruanas’.

El segundo vicepresidente del Parlamento Nacional, Michael Urtecho, y autor de la Ley saludó y felicitó al presidente de la República, Alan García, por la rápida promulgación de la norma, “ya que constituye un gran avance y desarrollo personal y profesional de las personas con discapacidad auditiva”.

El objetivo principal de la ley es otorgar un reconocimiento oficial a la lengua de señas peruanas como medio de comunicación entre las personas con discapacidad auditiva en todo el territorio nacional.

“Es importante recalcar que existe en nuestro país más de 675 mil personas que sufren algún tipo de discapacidad auditiva. Con esta norma ayudaremos a que ellos se puedan comunicar tal como lo hace cualquier persona, esto ayudará a su superación y su inserción en la sociedad”, explicó el legislador.

De acuerdo a estimaciones realizadas por la UNESCO y UNICEF, sobre problemas de sordera, se estima que el 2.5% de población a nivel mundial sufre de algún tipo de discapacidad auditiva.

Cabe resaltar, que varios países que han suscrito la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo Facultativo han emitido leyes específicas a favor de este sector de la población, tal es el caso, como Colombia, España y Argentina.

A través de esta iniciativa legislativa se facilitará el aprendizaje de la Lengua de Señas y la promoción de la identidad lingüística de las personas sordas, así como el reconocimiento oficial y sus siglas.

En ese sentido, se estableció que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), llevará un registro especial de intérpretes para sordos acreditados, el cual estará a disposición de todas las entidades e instituciones públicas, privadas y público en general.

La norma establece que las entidades e instituciones públicas y privadas deberán brindar de manera gratuita y en forma progresiva, el servicio de un intérprete para sordos a las personas usuarias que sufran de discapacidad auditiva.

Asimismo, la iniciativa legislativa establece que el Ministerio de Educación será el ente encargado de establecer los requisitos y los perfiles necesarios para la formación y acreditación de los intérpretes para sordos.

Urtecho Medina, manifestó que el último paso para dar marcha a la Ley es la publicación de su reglamento, el cual deberá estar listo en 60 días.

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